1.- Altas:
- Inmigración: personas ya empadronadas en otro Municipio o
Consulado de España en el extranjero.
- Omisión: personas no empadronadas
anteriormente en ningún Municipio o
Consulado de España en el extranjero.
- Altas por nacimiento.
- De oficio: mediante notificación del
Instituto Nacional de Estadística siempre
que alguno de los padres
esté empadronado en el
Municipio.
- A instancia del interesado: el padre o la
madre empadronados en el Municipio realizarán
la inscripción del recién
nacido aportando una fotocopia de la
hoja del libro de
familia donde aparezca el/la niño/a y de
la hoja donde aparezca el nombre de los padres.
2.- Cambios de Domicilio:
-
Todas las personas que cambien su
domicilio dentro del Municipio deberán comunicarlo
al Negociado de Estadística
del Ayuntamiento de Soutomaior.
3.- Modificación de Datos:
-
Cuando en la base de datos del Padrón de
Habitantes figure un dato incorrecto (nombre
y apellidos, fecha de nacimiento, lugar de
nacimiento, nº documento de identidad,
nivel de estudios, nacionalidad) deberá
realizar una petición de modificación
en el Negociado de Estadística del
Ayuntamiento de Soutomaior.
4.-
Bajas Emigración:
CUANDO UNA PERSONA TRASLADA SU
DOMICILIO A OTRO MUNICIPIO EN ESPAÑA O
AL EXTRANJERO (REALIZANDO LA INSCRIPCIÓN
EN EL CONSULADO ESPAÑOL QUE LE
CORRESPONDA) NO DEBE SOLICITAR LA BAJA
EN SU AYUNTAMIENTO DE ORIGEN. EL TRÁMITE DE
LAS BAJAS POR EMIGRACIÓN SE REALIZA ENTRE
AYUNTAMIENTOS O ENTRE AYUNTAMIENTOS Y EL
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA. SI
UNA PERSONA NO ES ESPAÑOLA Y TRASLADA SU RESIDENCIA DE FORMA DEFINITIVA A
OTRO PAÍS, ESA PERSONA DEBE HACER UNA
DECLARACIÓN Y ENTREGARLA EN EL NEGOCIADO DE ESTADÍSTICA PARA QUE CAUSE BAJA
EN EL
PADRÓN DE HABITANTES.